Normativa Laboral Aplicada al Sector
Público
NORMATIVA
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VIGENCIA
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DESCRIPCIÓN
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Constitución
de la República del Ecuador
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Vigente
desde:
20-10-2008
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El
trabajo es un derecho y un deber social. Gozará de la protección del Estado,
el que asegurará al trabajador el respeto a su dignidad, una existencia
decorosa y una remuneración justa que cubra sus necesidades y las de su
familia. Se regirá́ por las siguientes normas fundamentales
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LOSEP.
Publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 294
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Vigente
desde:
6-10-
2010.
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La
presente Ley se sustenta en los principios de: calidad, calidez,
competitividad, continuidad, descentralización, desconcentración, eficacia,
eficiencia, equidad, igualdad, jerarquía, lealtad, oportunidad,
participación, racionalidad, responsabilidad, solidaridad, transparencia,
unicidad y universalidad que promuevan la interculturalidad, igualdad y la no
discriminación
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Reglamento
General a la LOSEP. Publicado en el Suplemento del Registro Oficial No. 418
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Vigente
desde:
01-04-2011.
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Considera
que, es necesario expedir una reglamentación clara y específica sobre la
carrera administrativa, la administración del talento humano, el sistema de
remuneraciones e ingresos complementarios, y la gestión y desarrollo
institucional que mantendrán las instituciones, entidades, organismos y
personas jurídicas comprendidas en el ámbito de aplicación de la Ley Orgánica
del Servicio Público
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Noma
Técnica del Subsistema de Planificación del Talento Humano, emitida mediante
Acuerdo Ministerial No. MDT-2015-0086.
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Vigente
desde:
06-05-2015
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La
presente Norma Técnica tiene por objeto establecer el procedimiento y los
instrumentos de carácter técnico y operativo que permitan a las Unidades de
Administración del Talento Humano - UATH de las instituciones, entidades y
organismos del Estado sujetos al ámbito de la Ley Orgánica del Servicio
Público - LOSEP, de manera articulada con el plan nacional de desarrollo y
con sujeción a las directrices y lineamientos de la planificación del talento
humano del sector público que emita el Ministerio del Trabajo, dotar a las
unidades o procesos institucionales del talento humano necesario para generar
productos y servicios de demanda interna y externa, en función de la
estructura institucional y posicional.
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Acuerdo
Ministerial No. MDT-2015-0135
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Vigente
desde:
17-06-2015.
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La
Norma Técnica del Subsistema de Planificación del Talento Humano,
emitida mediante Acuerdo Ministerial No. MDT-2015-086, publicado en el
Registro Oficial No. 494 de 6 de mayo de 2015, es aplicable para la
planificación de talento humano para el año 2016 y en adelante; por lo que,
para el ejercicio fiscal 2015 las creaciones de puestos se realizarán en
función de lo establecido en el Acuerdo Interministerial No.
MDT- 2015-002 de 2 de abril de 2015, publicado en el
Registro Oficial No. 482 de 17 de abril de 2015 y sus reformas
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Reglamento
para administración del talento humano de la DINARDAP
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Vigente
desde:
03-04-2014
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Que
al considerarse al talento humano un pilar fundamental en la organización, es
necesario alinear el esfuerzo del personal con la misión, visión y objetivos
institucionales, dotar de un buen clima de trabajo y desarrollo potencial
siguiendo los criterios relacionados con los méritos y eficacia, basado en el
conjunto de experiencias, habilidades, aptitudes, actitudes, conocimientos y
voluntades
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Ley
Orgánica del Sistema Nacional de Contratación pública
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Vigente
desde:
12-09-2014
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Esta
Ley esta blece el Si stema Na cional de Contrata ción Pública y d etermina lo
s principios y no rmas p ara re gular los pro cedimientos de cont rotación
para la adquisición o arrendamiento de bienes,ejecucióndeobrasyprestaciónde
servicios, incluidos los de consultoría
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Ley
de Seguridad Social
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Vigente
desde:
11-05-2009
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Las disposiciones legales, reglamentarias y estatutarias en la
parte en que se opongan a la presente ley, especialmente las que hagan
referencia a la Comisión Técnica de Inversiones y a las empresas
adjudicatarias administradoras de los fondos provisionales
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Normativa
Laboral Aplicada al Sector Privado:
NORMATIVA
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VIGENCIA
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DESCRIPCIÓN
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Constitución
de la República del Ecuador Artículos 3, 226 – 229; 326,
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Vigente
desde:
20-10-2008
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El
trabajo es un derecho y un deber social. Gozará de la protección del Estado,
el que asegurará al trabajador el respeto a su dignidad, una existencia
decorosa y una remuneración justa que cubra sus necesidades y las de su
familia. Se regirá́ por las siguientes normas fundamentales
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Público
- LOSEP. Publicada en el Segundo Suplemento del Registro Oficial No. 294
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Vigente
desde:
06-10-2010.
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Esta
ley se crea ya que es necesario expedir una reglamentación clara y específica
sobre la carrera administrativa, la administración del talento humano, el
sistema de remuneraciones e ingresos complementarios, y la gestión y
desarrollo institucional que mantendrán las instituciones, entidades,
organismos y personas jurídicas comprendidas en el ámbito de aplicación de la
Ley Orgánica del Servicio Público
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Código
de Trabajo. Encontraremos en el Capítulo I como reglas generales
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Vigente
desde:
20-10-1997
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Los
preceptos de este Código regulan las relaciones entre empleadores y
trabajadores y se aplican a las diversas modalidades y condiciones de
trabajo.
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Bibliografía:
- Ministerio del Trabajo. Biblioteca. Recuperado el 07 de Abril del 2016. http://www.trabajo.gob.ec/biblioteca/
- Ibarra .Agustín. Formación de recursos humanos y Competencia laboral. Boletín
- Apuntes del seminario “Gestión de Recursos Humanos: El Enfoque de Competencias Laborales” Mg. Juan Patricio Aranda Vergara. Mayo 2006.
- Reglamento Interno de Trabajo. DURAMAS CIA LTDA.
- Datos de la empresa DURAMAS CIA LTDA.
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